En verano es rentable … Un consumo responsable
Créditos rápidos
Consumo responsable, es aquel en el que la persona consumidora conoce sus necesidades e intereses y planifica los gastos en concordancia con sus recursos económicos en cada situación. Los créditos rápidos pueden considerarse como un medio alternativo de financiación consistente en la puesta a disposición de pequeñas cantidades de dinero, con reducidos plazos de devolución y a tipos de interés superiores a los créditos tradicionales. Los canales de contratación de estos créditos suelen ser habitualmente el teléfono o internet. Con una simple llamada o un par de “clics” en una página web podemos acceder a este tipo de financiación (sin leer, pensar, ni analizar bien las consecuencias)
. Por ello …Antes contratar…
- Reflexione, si realmente necesita ese dinero y sobre la necesidad que va a cubrir, intente buscar otras soluciones, y sobre todo, nunca solicite un nuevo crédito para cubrir deudas que ya tenga. Este error es el inicio de una espiral de sobreendeudamiento de la que difícilmente se pueda salir sin pagar un precio elevado
- Fíjese en el coste que le supondrá el crédito. Para ello lo más útil es comparar la TAE (tasa anual equivalente) de estos créditos rápidos y compare con la TAE de un préstamo personal de una entidad bancaria que puede rondar en la actualidad entre el 9-12%.
- Solicite la oferta vinculante por escrito o en soporte duradero y que debe contener los siguientes datos:
- El tipo de crédito.
- El total del crédito y las condiciones de la disposición del dinero.
- La duración del contrato de crédito.
*La tasa anual equivalente (TAE) y el importe total adeudado por el consumidor, ilustrado mediante un ejemplo representativo que incluya todas las hipótesis utilizadas para calcular dicha tasa.
El importe, el número y la periodicidad de las cuotas o pagos que deberá efectuar.
*Cualquier gasto derivado del contrato de crédito o los servicios accesorios como seguros obligatorios, etc.
El tipo de interés de demora y los gastos de cada recibo impagado y una advertencia sobre las consecuencias en caso de impago.
La existencia o ausencia de derecho de desistimiento, los plazos y la forma de realizar el desistimiento.
El consumidor tiene derecho a solicitar un documento con toda la información previa como oferta vinculante que tendrá validez durante un período de 14 días naturales.
Derecho de desistimiento:
Para desistir del contrato, si se ha contratado a distancia, dispone de un plazo de 14 días naturales desde que lo firmó. En este caso, tendrá que devolver el dinero que le hayan ingresado en concepto del préstamo y abonar los intereses devengados únicamente por el tiempo existente entre la suscripción del contrato y el ejercicio del desistimiento.
Para ejercer tu derecho a resolver el contrato debes comunicarlo al prestamista por escrito y de forma fehaciente, en el plazo de 14 días.
Las empresas de crédito:
Si es una entidad de crédito (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, entre otras), éstas se encuentran sometidas al control y la supervisión del Banco de España
En caso de que el préstamo se celebre a través de un intermediario de crédito, el control corresponde a los órganos de consumo y, deben estar inscritos en la comunidad autónoma en el que se encuentre su domicilio social
En caso de que el crédito te lo otorgue una empresa no financiera de capital privado, empresas dedicadas a la concesión de préstamos personales a corto plazo, éstas no se encuentran sometidas a la supervisión del Banco de España, ni tampoco se les impone la obligación de estar inscritas en los registros de los órganos de consumo, por lo que ofrecen menos garantía para el consumidor.
El contrato:
El contrato debe realizarse por escrito o por medio de un soporte duradero. Si lo hace personalmente, lea detenidamente el contrato antes de firmar y exija una copia de lo que firma. Si la contratación se hace por grabación de voz compruebe todos los datos antes de los 14 días, para poder resolver. Conserve los documentos y la publicidad.
Reembolso anticipado
El consumidor puede devolver de forma anticipada (de forma total o parcial) y en cualquier momento el crédito. Si esto ocurre, tiene derecho a que le reduzcan el coste total del crédito (incluido intereses y costes correspondientes a la duración del contrato que quede por transcurrir), independientemente de que se hubiesen pagado ya, pero le pueden cargar una comisión por cancelación anticipada.
Tarjetas de crédito
Esta creada para permitir pagos en cualquier momento y lugar. Uno de los principales problemas de las tarjetas de crédito es que se pierde el límite de los gastos, ya que resulta demasiado fácil la adquisición de bienes o servicios. El dinero disponible en el saldo de una tarjeta de crédito no es un dinero de que se posee sino el máximo de la deuda permitida. El gasto incontrolado puede llevar a acumular deudas impagables.
Antes de aceptar una tarjeta :
- Piense si realmente la necesita y el gasto que conlleva.
- Compare tarjetas distintas para elegir la más conveniente a sus necesidades.
- Conozca el tipo de tarjeta (débito, crédito, .) y las comisiones y gastos fijos.
- Tenga claro los plazos de pago de las cuotas pendientes y el interés que le aplican.
Para aprovechar los verdaderos beneficios de las tarjetas de crédito:
- No solicite y utilice demasiadas tarjetas de crédito a la vez
- Cancelar las tarjetas de crédito con alto interés, lo antes posible.
- Tener cuidado con el límite del crédito.
- Pagar las cuotas pendientes en su fecha, ya que los gastos de devolución de los recibos y los intereses suelen ser elevados.
- Adopte las medidas de seguridad necesarias, para evitar el robo y proteger su información personal.
- Asegúrese de revisar su estado de cuentas y que refleja los gastos que realmente ha realizado. Si aparece algo que no le suene familiar, llame a su compañía de tarjeta de crédito de inmediato.
- Cuidado con los Pagos mínimos, Las emisoras de las tarjetas permiten hacer pagos mínimos de las cantidades que nos prestan (2,5% de la deuda pendiente). Sepa que con este sistema nunca conseguirá rebajar la deuda.
¿Cómo reclamar?
- Si quien nos concede el crédito o la tarjeta es un banco o un establecimiento de crédito, el procedimiento de reclamaciones es el siguiente:
Debemos acudir al servicio de atención al cliente. Todas las entidades de crédito están obligadas a tener un servicio de atención al cliente, al que hay que acudir con carácter previo. Si la entidad no soluciona el problema de nuestra reclamación o no nos da respuesta en el plazo de un mes, deberemos interponer reclamación ante el Banco de España. Junto a la reclamación, acompañaremos el acuse de recibo o la copia sellada de la reclamación que interpusimos en primer lugar ante el servicio de atención al cliente de la entidad. - Si es una entidad privada, lo que tenemos que hacer es enviar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente o al domicilio social de la entidad. Si la respuesta no es adecuada a nuestras exigencias, podremos acudir a la OMIC o al Servicio de consumo de la Comunidad Autónoma.
O.M.I.C. TALAVERA DE LA REINA
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